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Marco normativo

 

Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo

Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2022,

la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden

de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras

para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no

competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y

laboral en Andalucía (BOJA de 7 de junio [2]) y su Extracto (BOJA de 7

de junio [3]).

 

Objeto

 

Incentivar, en régimen de concurrencia no competitiva, la contratación

realizada por personas trabajadoras autónomas en alguno de estos dos

supuestos:

 

* con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen

en su actividad económica o profesional (Línea 4).

* para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo,

y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción,

guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar (Línea 5).

 

Cuantía

 

  1. a) Para la línea 4:

 

* 6.000 euros, a tanto alzado, por cada nueva contratación por cuenta

ajena realizada con una persona desempleada no ocupada e inscrita en el

Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo con una jornada de

trabajo a tiempo completo por un periodo de doce meses.

* 7.200 euros si la persona a contratar es mujer, hombre menor de 30

años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior

al 33% o víctima de violencia de género o de terrorismo.

 

Dichas cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada de trabajo

resultante cuando la contratación sea a tiempo parcial, siendo la

duración mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual.

 

 

  1. b) Para la línea 5:

 

* Para el contrato de interinidad a jornada completa formalizado por

autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, 3.200 euros

por un período máximo de ocho meses.

* Para el contrato de interinidad a jornada completa formalizado por

autónomas en el periodo de descanso por motivos de nacimiento de hijo o

hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar,

1.700 euros por un período de dieciséis semanas, y 1.900 euros por un

período de dieciocho semanas.

 

Dichas cuantías se incrementarán un 50% cuando las contrataciones se

formalicen con personas desempleadas no ocupadas, inscritas en el

Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo, que sean mujeres,

hombres menores de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un

grado igual o superior al 33% o víctima de violencia de género o de

terrorismo.

 

Las cuantías anteriores se adaptarán proporcionalmente a la jornada de

trabajo resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, siendo la

duración mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual.

Igualmente, se disminuirá la cuantía de la subvención de forma

proporcional al período de contratación, en el supuesto de que sea

inferior al máximo establecido.

 

Plazo de presentación de solicitudes

 

Desde el 8 de junio al 30 de septiembre de 2022 o hasta el agotamiento

del crédito establecido en la convocatoria.

Más información en: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/107/BOJA22-107-00031-9334-01_00262612.pdf

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