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AYUDAS DE LA FUNDACIÓN EOI
Marco normativo
Extracto de la Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto “Industria Conectada 4.0” (BOE de 11 de diciembre).
Beneficiarios
Empresas que tengan su domicilio social o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) cuyo objeto social se refiera a actividades encuadradas en la Sección C (Industria manufacturera) – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
Objeto
Concesión ayudas en especie consistente en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado.
Cuantía
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO EUROS (9.185,00 €) por empresa industrial beneficiaria que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando SEISCIENTOS CINCO EUROS (605,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma.
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 12 de diciembre de 2021 hasta el 30 de diciembre de 2021, inclusive.
Más información
Para acceder a las bases reguladoras de las ayudas pinche AQUÍ y AQUÍ.
AYUDAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Marco normativo
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, por la que se convocan en el año 2021 las ayudas en especie previstas en la Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia no competitiva, para la prestación de servicios de asesoramiento y acompañamiento para la transformación digital de las Pymes andaluzas en el marco del programa Empresa Digital (BOJA de 14 de diciembre) y su Extracto (BOJA de 14 de diciembre).
Beneficiarios
Las pymes andaluzas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras.
Objeto
Concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia no competitiva, a pymes andaluzas, para la ejecución de servicios de consultoría especializada para el asesoramiento y acompañamiento especializado en el proceso de transformación digital del negocio, con la finalidad de la inclusión de las pymes andaluzas en la economía digital.
Los tipos de ayudas a conceder son:
Tipo 1. Relación con la clientela. Este servicio de consultoría personalizado incluye un diagnóstico para determinar el grado de madurez digital de la pyme, la elaboración de un plan de acción que la introduzca en el uso de medios digitales en su relación con la clientela y un acompañamiento en la implantación de las medidas prioritarias identificadas en dicho plan. Este acompañamiento incluye tanto la elaboración del plan de acompañamiento como la ejecución del mismo.
Tipo 2. Transformación 360. Este servicio de consultoría personalizado incluirá un diagnóstico para determinar el grado de madurez digital de la pyme, la elaboración de un plan de acción para avanzar en la transformación digital del negocio en todos los ámbitos incluidos en el Modelo de Madurez Digital definido por la Consejería, así como un acompañamiento en la implantación de las medidas prioritarias identificadas en dicho plan. Este acompañamiento incluye tanto la elaboración del plan de acompañamiento como la ejecución del mismo.
Ambos tipos de servicios serán prestados por la adjudicataria del contrato licitado por la Consejería.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda en especie se corresponde con el coste abonado por la Consejería a la empresa prestadora del servicio de consultoría por la prestación del servicio, lo que supone la financiación del 100% del coste del servicio prestado.
Plazo de presentación de solicitudes
– El tipo 1. Relación con la clientela, podrá ser solicitada hasta el treinta y uno de enero de 2023.
– El tipo 2. Transformación 360, podrá ser solicitada hasta el treinta y uno de octubre del 2022.
Más información
Para acceder a las bases reguladoras de las ayudas pinche AQUÍ y AQUÍ

 

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